Declaración pública CRUCH
- “La educación no sexista no promueve un enfoque único de enseñanza ni pretende imponer convicciones morales o religiosas. Por el contrario, propone un cuerpo técnico y metodológico que permite tratar a las comunidades educativas con igualdad de género y no discriminación y, al mismo tiempo, elimina brechas y estereotipos de género existentes”.
El Consejo de Rectoras y Rectores de las Universidades Chilenas (CRUCH) valora que la Ley sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia haya sido despachada el 6 de marzo pasado, luego de siete años de tramitación en el Congreso Nacional.
Las 30 universidades que forman parte del CRUCH, desde hace años han estado comprometidas con promover la equidad de género y la erradicación de la discriminación arbitraria y la violencia contra las mujeres.
Uno de los aspectos explícitos del texto legal es la educación no sexista, como se establece en el inciso segundo del artículo 12: “Los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado deberán promover una educación no sexista y con igualdad de género y considerar en sus reglamentos internos y protocolos la promoción de la igualdad en dignidad y derechos y la prevención de la violencia de género en todas sus formas”.
En relación a una parte de este inciso, el pasado 8 de marzo un grupo de parlamentarios solicitó al Tribunal Constitucional que declare su inaplicabilidad, argumentando que la educación no sexista atenta contra el derecho preferente de madres y padres a elegir la educación de sus hijas e hijos y contra la libertad de enseñanza.
Como Consejo, manifestamos nuestro desacuerdo con esta impugnación, puesto que los valores ciudadanos de libertad de enseñanza y el derecho de madres y padres a definir la educación de hijas e hijos, no están en contradicción con los derechos y la dignidad de mujeres y hombres.
En realidad, la educación no sexista no promueve un enfoque único de enseñanza ni pretende imponer convicciones morales o religiosas. Por el contrario, propone un cuerpo técnico y metodológico que permite tratar a las comunidades educativas con igualdad de género y no discriminación y, al mismo tiempo, elimina brechas y estereotipos de género existentes.
Como CRUCH valoramos la diversidad de proyectos educativos, puesto que tal diversidad es una fortaleza del sistema. A su turno, la educación no sexista constituye un derecho humano y responde a principios compartidos por la sociedad en lo referido a la igualdad y no discriminación. Por lo tanto, en ningún caso, cumplir con principios y valores universales puede atentar contra la diversidad.
En este contexto, las universidades pertenecientes al Consejo de Rectoras y Rectores consideramos oportuno reafirmar y hacer público nuestro compromiso con la igualdad de género y de derechos para todas las personas, reconociendo su dignidad esencial, con independencia de credo, edad, clase social, cultura, género u orientación sexual, lengua y condición.
Para lograr lo anterior y superar la discriminación arbitraria, las inequidades, los estereotipos y las jerarquías de género, es indispensable que se asegure una educación no sexista en todos los niveles educativos. En consecuencia, estimamos imprescindible que ello quede establecido en forma explícita en la Ley sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Consejo de Rectoras y Rectores de las Universidades Chilenas