Cupo Equidad de Género

Con el objetivo de promover la diversidad e igualdad de oportunidades, y combatir la segregación horizontal por área de conocimiento en estudios de Pregrado, la UOH crea el Cupo de Equidad de Género, el cual permitirá convocar desde la lista de espera, a estudiantes del género con menor convocatoria en la admisión regular.

Requisitos

Se deben cumplir los siguientes requisitos:
  • Estar en la lista de espera de carreras que ofrecen este cupo.
  • Cumplir con los requisitos mínimos de postulación establecidas por UOH.
  • Pertenecer al género de baja representación de los/as seleccionado/as por vía regular.

De la Postulación

Este cupo es de asignación automática, por ende, no es necesaria la entrega de documentación adicional.

De la Selección

Se seleccionarán estudiantes de la lista de espera, por orden estricto de puntaje ponderado descendente, según el número de cupos ofrecidos por la carrera.

De la Matrícula

El resultado de las postulaciones se conocerá el día anterior al inicio del Proceso de Matrículas de Nuevos Estudiantes UOH a través del sitio web institucional.

Para hacer efectivo su cupo, los/as seleccionados/as deberán matricularse en el primero periodo de matrícula.

De no concretar la matrícula en dicho periodo, se entenderá que el/la estudiante ha desistido del cupo, el cual podrá ser asignado en el segundo periodo de matrícula a otro/a estudiante que cumpla con los requisitos.

Cupos disponibles para el Proceso de Admisión 2025

CÓD. Nombre Carrera SedeCupo de Equidad de Género
47201 INGENIARÍA CIVIL CONDUCENTE A:
Ingeniería Civil Eléctrica,
Ingeniería Civil en Computación,
Ingeniería Civil en Modelamiento Matemático de Datos,
Ingeniería Civil Geológica,
Ingeniería Civil Industrial,
Ingeniería Civil Mecánica,
Campus Rancagua25
47131 Ingeniería Ambiental Campus Colchagua5
47002 Pedagogía en Educación Básica Campus Rancagua5
47006 Pedagogía en Educación Especial Campus Rancagua5
47301 Enfermería Campus Rancagua5
47303 Terapia Ocupacional Campus Rancagua4

* Para postular a carreras de Pedagogía, se debe cumplir con alguna de las condiciones mínimas que establece la Ley N°20.903.

* Cualquier situación de excepción no prevista en esta reglamentación, será resuelta por la Vicerrectoría Académica.