
Martina Cociña-Cholaky estudió cómo esta sanción administrativa y pena judicial evolucionó en la última década, dando cuenta de su concreción, las principales nacionalidades sobre las que recae y el territorio en que se concentran.
La fotografía de un avión y personas extranjeras en overol esposadas se viralizó en 2021. Esta imagen que generó revuelo en medios nacionales e internacionales, es parte del análisis que realizó la investigadora de la Universidad de O’Higgins (UOH), Martina Cociña-Cholaky, que examinó la expulsión de los extranjeros en Chile entre los años 2012 y 2020.
Bajo el marco de la “crimigración”, explica la Doctora en Derecho y Ciencia Política, se examinó la deportación de personas extranjeras “tanto como sanción administrativa y pena judicial, delineando el derrotero que ha seguido el esquema sancionatorio”.
La académica plantea que el giro en el sistema de deportación chileno, observado desde el año 2018, “no necesariamente trae consigo un ejercicio efectivo de la contención de peligrosidad de las personas extranjeras, sino más bien facilita la dinámica de control sobre determinados flujos de personas, apostando por la criminalización de la irregularidad migratoria, como respuesta, y por la expulsabilidad, precarizando de este modo los desplazamientos de personas”.
La experta indica que el Estado de Chile en la última década ha desarrollado mecanismos de control sustentados en dispositivos administrativos y punitivos para abordar la movilidad humana. “Estos se aplican sobre determinadas nacionalidades que no se corresponden con las que presentan mayores denuncias por ingreso clandestino, sino que coinciden con las comunidades de extranjeros sobre las que se ha dictado mayores expulsiones penales. En este sentido, el tratamiento de la movilidad humana responde a una dinámica que prioriza la eficiencia de las expulsiones”, puntualiza Martina Cociña-Cholaky.
Agrega que el sistema de deportación nacional experimentó una transformación relevante, que se explica por la consolidación de expulsiones penales frente a las deportaciones administrativas, por su alto grado de concreción. En este sentido, “la brecha de deportabilidad (diferencia entre expulsiones dictadas y materializadas) es manifiesta especialmente en las expulsiones administrativas, ineficiencia en su materialización que se acentúa los últimos años y que aumenta la producción de sujetos expulsables, es decir, en riesgo de ser deportados”, finaliza la especialista.
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