La Universidad de O’Higgins adoptará medidas tendientes a reparar a las víctimas e integrar a la comunidad universitaria al agresor cuando la situación lo amerite. Dichas medidas versarán sobre la “Atención Post-Evento”, Restitución, Rehabilitación, Satisfacción, Garantías de no repetición y prohibición de represalias hacia los intervinientes del proceso.
Reparación
Medidas de Reparación
Atención Post Evento
Se entenderá como la reparación que comienza desde que se recibe la denuncia o solicitud de atención y se traduce en la entrega de información clara sobre los posibles cursos de acción frente a lo ocurrido, incluida la denuncia a nivel institucional o ante la justicia para aquellos casos que constituyen faltas o delitos.
Restitución
Son las medidas que tienen por objetivo restablecer la situación en la que se encontraba la víctima antes del acoso sexual, violencia de género y/o discriminación, es decir que retome sus actividades de la manera más similar posible a su situación original.
Rehabilitación
Radica en la atención para la restitución de las condiciones físicas, psicológicas y/o sociales de la víctima. La institución va a proveer este servicio, para que la víctima sea atendida por especialistas en salud sexual, psicológica y física.
Satisfacción
Son todas las medidas tendientes a mitigar el dolor o sufrimiento de la víctima es el restablecimiento de su dignidad, a través de la difusión de la verdad sobre lo sucedido, especialmente en casos de connotación pública, y la entrega de disculpas escritas, privadas o públicas, de parte de la persona agresora.
Garantías de no repetición
Se entenderá por tal a las medidas que implementará la universidad de O’Higgins con el fin de garantizar que no se repitan nuevas situaciones de acoso sexual, violencias de género y discriminaciones ya sea en relación a la persona agresora en particular, o de modo preventivo en toda la institución.